El coronel de Policía Édison Eduardo L. y de los policías Johnny Fabián M., Armando Alejandro Z. y Alejandro Vinicio S., enfrentan un proceso penal por su presunta participación en el delito de concusión.
El juez Pedro Fajardo dictó, para los procesados, las medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentación periódica una vez al mes.
Las investigaciones lideradas por la Fiscalía del Azuay señalan que cuando el coronel Edison Eduardo L. cumplía funciones de Jefe del Distrito Cuenca Norte, de la Subzona Azuay, entre 2019 y 2020, habría ordenado a los otros tres procesados cobrar dinero a sus compañeros para beneficiarles durante los días de franco, denominado así al tiempo de descanso.
Según estos acuerdos, los uniformados, presuntamente, entregaban dinero para retirarse horas antes del lugar de trabajo y regresar después de los días que por derecho les correspondía.
Informe
La Fiscalía del Azuay informó que en la audiencia de formulación de cargos, efectuada la mañana del 11 de agosto, el fiscal de la Fedoti 4, Emilio Izquierdo, presentó como elementos de convicción: las versiones de los procesados, del policía que denunció el hecho y de otros agentes que laboraban en el Distrito. Además, una pericia de audio y video, un informe de investigaciones y documentación entregada por la institución policial.
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (I)






