La campaña electoral de las Elecciones Generales 2025 comenzará a las 00h00 de este domingo 5 de enero y se extenderá hasta las 23h59 del jueves 6 de febrero.
Las candidaturas calificadas en firme por el Consejo Nacional Electoral, CNE, y sin trámites pendientes en el Tribunal Contencioso Electoral, TCE, podrán hacer uso del Fondo de Promoción Electoral durante estos 33 días para promover sus propuestas en prensa escrita, radio, televisión, vallas publicitarias y medios digitales, de forma equitativa e igualitaria.
También, podrán realizar eventos públicos, mítines y reuniones, pintura de murales o material publicitario como adhesivos, camisetas, entre otros, con miras a ganar el apoyo ciudadano, sin sobrepasar el Límite de Gasto Electoral fijado en 5´494.525,60 dólares para las dignidades de presidente/a y vicepresidente/a.
Quienes incumplan los plazos establecidos para realizar campaña electoral, incurrirán en infracciones electorales graves, sancionadas con multas que van desde 11 hasta 20 salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación, desde seis meses hasta dos años.
Cabe señalar que para estas elecciones están calificadas y en firme 4.463 candidaturas entre principales y suplentes.
Qué se elige
De acuerdo al CNE, los ciudadanos votarán por el nuevo binomio presidencial, asambleístas nacionales, provinciales y parlamentarios andinos.
En cuanto a la Presidencia, se renovará el cargo de jefe de Estado, que tendrá un periodo de cuatro años. Los votantes podrán escoger entre 16 binomios presidenciales, quienes buscan el mandato que comienza en mayo de 2025.
Por otro lado, en lo legislativo se elegirán los 151 miembros de la Asamblea Nacional. Hasta las últimas elecciones, el Poder Legislativo estaba conformado por solo 137 asambleístas, pero este número ha aumentado por el crecimiento poblacional determinado por el último censo. La Constitución establece que el número de legisladores se calcula de acuerdo con los resultados de censo más reciente.
El próximo Legislativo se integrará por asambleístas elegidos de la siguiente manera:
Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional.
Dos asambleístas elegidos por cada provincia o distrito metropolitano, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo con el último censo nacional de población.
Los ciudadanos habilitados para votar deberán elegir un binomio presidencial, así como 5 parlamentarios andinos, 15 asambleístas nacionales, 130 asambleístas provinciales y 6 representantes del exterior.





