La Fiscalía General del Estado inició un proceso penal contra cinco funcionarios del Municipio de Girón y un contratista, por su presunta participación en el delito de tráfico de influencias.
Los implicados en el presunto delito son: José Miguel Ángel U., alcalde; Ernesto Viván U., director administrativo-financiero; Fanny Lucila A., gestora de Compras Públicas; Gladys Eugenia V., guardalmacén; Stalin Wilfrido P., excomunicador social; y del contratista Aurio Simón P.
La Fiscalía del Azuay informó que en la audiencia de formulación de cargos, desarrollada la mañana del viernes 13 de agosto de 2021, la presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Azuay, Narcisa Ramos, dictó la medida cautelar de presentación periódica, cada 15 días, para todos los involucrados.
En la diligencia actuó Leonardo Amoroso, fiscal provincial del Azuay, quien refirió que, según un informe de la Contraloría General del Estado, efectuado al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017, los procesados habrían incumplido con el artículo 89 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, respecto a la adjudicación de un contrato para la edición de libros y revistas.
Según la investigación, el 16 de mayo y el 6 de junio de 2017, Stalin Wilfrido P. habría solicitado a la autoridad municipal la adquisición de 1.500 libros y 500 revistas, mismos que fueron entregados mediante acta entrega-recepción por Aurio Simón P. a Stalin Wilfrido P., el 25 de junio del mismo año.
Sin embargo, posterior a esa fecha se declararon desiertos tres procesos de contratación por Régimen Especial. El cuarto proceso llegó a su término y con fecha 29 de agosto de 2017, el alcalde José Miguel Ángel U. emitió la resolución para la adjudicación del contrato a Aurio Simón P y tres días después se firmó el contrato por 8.900 dólares.
El Fiscal Provincial expuso que los procesados, presuntamente, efectuaron cuatro procesos de contratación, invitando al mismo proveedor hasta llegar a la adjudicación y cancelación de los bienes recibidos, y repartidos con anterioridad a la contratación.
La instrucción fiscal de noventa días se basa en el informe de la Contraloría, versiones de funcionarios que efectuaron la auditoría interna al GAD, de funcionarios del Servicio de Contratación Pública, de los procesados y otros funcionarios de la entidad municipal.
El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal y se sanciona con prisión de tres a cinco años. (I)






