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24/02/2025La regularización de la adopción de niños, niñas y adolescentes ha experimentado un proceso de transformación a lo largo de la historia, marcado por la evolución de los enfoques hacia el respeto de los derechos fundamentales de los menores. Sin embargo, los conceptos iniciales y los marcos sociales que dieron origen a la adopción han perdurado, lo que hace urgente reafirmar un enfoque centrado en los derechos de los niños, niñas y adolescentes, más allá de las nociones de “ayuda” o “filantropía”.
Desde los primeros siglos de la era cristiana, la adopción estuvo asociada a la filantropía y al concepto de “compasión”. Las familias de alto estatus social adoptaban niños huérfanos o desamparados, viéndolo como una forma de mostrar su bondad. En el Imperio Romano, la adopción tenía fines más estratégicos: preservar la sucesión al trono y la estabilidad del imperio, evidenciando que, en esa época, la adopción se entendía como un acto de apoyo hacia los adoptantes y sus intereses, más que una respuesta a las necesidades del niño.
La situación cambió tras la Segunda Guerra Mundial, cuando los efectos de la guerra dejaron a miles de niños huérfanos y desamparados. La pobreza, el abandono y la migración forzada afectaron profundamente a la infancia. Este panorama llevó a que las clases sociales altas, en su mayoría, asumieron el rol de adoptantes, lo que demandó una regulación más clara sobre el proceso de adopción. En este contexto, la ONU intervino en 1959 con la Declaración de los Derechos del Niño, enfocándose en el reconocimiento de los niños como sujetos de derechos. A partir de allí, la idea de “ayuda” se transformó en un compromiso para garantizar los derechos de la infancia, con la creación de políticas de protección a nivel mundial, en especial a través de la UNICEF, que estableció regulaciones sobre la adopción.
La adopción internacional también fue regulada en 1993 mediante la Convención de La Haya, buscando proteger los derechos de los niños y asegurar que este proceso se realizara de forma ética y justa. Estos avances en los derechos de la infancia se reflejaron en las leyes ecuatorianas, cuya Constitución de 2008 reconoce el derecho de los niños, niñas y adolescentes a un desarrollo integral, garantizando un entorno familiar y comunitario afectuoso y seguro. Además, el Código de la Niñez y Adolescencia de Ecuador establece que la adopción es una medida de protección que debe ser considerada solo en situaciones donde el interés superior del niño se vea afectado, y cuando no se pueda garantizar su permanencia en un entorno familiar biológico seguro.
El marco legal ecuatoriano asegura que la adopción proporciona una familia definitiva y estable para aquellos niños que no pueden vivir con su familia biológica. Este enfoque no solo busca satisfacer las necesidades materiales del niño, sino también su desarrollo emocional y psicológico, garantizando un entorno de respeto, seguridad y afecto. El apoyo emocional de los padres adoptivos se convierte en un pilar fundamental, permitiendo que el niño recupere un vínculo de apego seguro y supere las posibles secuelas de experiencias de negligencia o maltrato.
No obstante, la adopción sigue estando influenciada por representaciones sociales que, en ocasiones, la perciben como una “obra de caridad”. Este enfoque cultural puede desvirtuar el propósito real de la adopción, pues se centra más en el beneficio del adoptante que en el derecho del niño a una vida digna y plena. Es esencial, por tanto, transformar esas ideas preconcebidas, para que la adopción sea entendida como un derecho humano fundamental y una medida de protección integral para el niño, niña o adolescente, sin quedar atrapada en nociones que limitan su verdadero propósito.
Autora: Luz Adelaida Sucuzhañay Paida