Después de los relajos ocurridos con el alcalde (qué relajo no saber si es o ex) Yunda, con quien la Cara de Dios se puso a llorar, no de dolor sino de iras, queda en firme la urgente necesidad de que la Asamblea Nacional sirva para algo y legisle un Manual de mano para remover, cesar o destituir alcaldes, presidentes de junta de junta parroquial, vocales, concejales, o prefectos, un manual a prueba de comisiones de mesa, concejos, intereses ocultos o acciones de protección chimbas.
El Loro Yunda ha vuelto a la alcaldía quiteña, pero de ninguna manera han desaparecido los factores que motivaron al concejo cantonal capitalino a iniciar las acciones contra su alcalde, pues, de modo alguno se han desvanecido las sospechas de irregularidades durante la pandemia ocurridas en la pandemia, ni han desaparecido los indicios de vinculaciones de Guaguayunda en contratos suscritos. Qué pena. Otrora en Quito, hasta el diablo era honesto y respetaba los contratos que se hacían en forma transparente, Francisco Cantuña lo sabe.
Debe ser que los fantasmas chocarreros de Carondelet se cruzaron la calle García Moreno e invadieron el palacio municipal de Quito y tal el grado de corrupción y relajo que sembraron, que hasta el demonio se pudrió más de la cuenta porque como dijo el papá de Bety la Fea, el diablo es puerco, les tentó y más pudo en el concejo de Quito la tentación del poder.
Por eso hace falta un manual para tumbar alcaldes legalmente, porque como hoy es con un alcalde no vaya a ser que mañana pase lo mismo con el presidente de una junta parroquial, ya que hay vacunas contra el COVID pero no contra el pecado de la concupiscencia que impulsa el deseo de poder y el enriquecimiento indebido… aunque también podría ser provocado por un virus maligno y corrupto transmitido por un mosquito que pica con disimulo a veces en la cara y a veces en… la nalga.
Así pues, una reforma legal debe hacerse a la ley respectiva, el COOTAD, de manera que, cuando haya que remover a una autoridad de elección popular, cualquiera de ellas, haya un debido proceso: claro, preciso, transparente, con doble instancia, para que no sea necesario que la persona removida pida la protección de su mamá, ni del contencioso electoral ni administrativo, ni de un juez constitucional.
En ese manual no debe faltar ningún detalle, debe tener todas las fases y curar los incidentes de un juicio común, incluida la recusación, cuidando de que ningún involucrado vaya a salir beneficiado: y si hay que votar y ese voto les compromete beneficio o condena, los alcaldes, prefectos, vicealcaldes, viceprefectos deben tener ciudadanos alternos que emitan su voto con responsabilidad e independencia, sin que sea un tribunal especial porque eso está prohibido por la constitución.
De vuelta a la capital, con Yunda de vuelta, la ciudad vive una falsa normalidad a riesgo de que alguien demande la nulidad de la acción constitucional que protegió a Yunda: ¿qué pasaría entonces?, ¿cómo se resuelve si se declara nula la acción de protección al alcalde?, ¿con qué cara se presenta al vicealcalde a sus electores?, ¿plantear una acción de protección en forma exprofesa ante un juez de familia no roza acaso con el fraude procesal? Consecuencias del uso y el abuso del derecho.
Pobre Quito, que a más de la pandemia enfrenta la confrontación de sus autoridades en un obrar no transparente, con lo que en el corto tiempo que queda para el fin de período edilicio, la ciudad no podrá resarcirse y habrá perdido cuatro años de su desarrollo. Un ejemplo que las demás ciudades no debemos seguir. (O)