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            Ratificada la sentencia de 4 años de reclusión para excolector de un centro educativo del Sígsig

            Publicado por Armando Suquisupa el 09/11/2021

            Por unanimidad, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay ratificó la sentencia de cuatro años de reclusión mayor ordinaria contra Luis Álvaro P., por su autoría en el delito de peculado, cometido en la Unidad Educativa San José de Raranga, del cantón Sígsig, provincia del Azuay.

            la audiencia de apelación de la sentencia se cumplió en la Corte Provincial de Justicia del Azuay. Armando Suquisupa/EL NUEVO TIEMPO

            Los jueces también confirmaron que el sentenciado debe cancelar 13.223,19 dólares, como reparación integral al Distrito de Educación y que, además, queda perpetuamente incapacitado para ejercer cargos públicos.

            La Fiscalía del Azuay informó la mañana de este martes 9 de noviembre que, durante la audiencia de apelación, la fiscal Ximena Fárez expuso que Fiscalía conoció el hecho en junio de 2016, mediante un informe con indicios de responsabilidad penal, que fue remitido por la Contraloría General del Estado.

            En este documento consta el análisis practicado al periodo comprendido entre enero de 2009 y diciembre de 2014, durante el cual, Luis Álvaro P. se desempeñaba como colector de dicha unidad educativa y era la única persona que tenía la clave para el acceso al sistema del Ministerio de Finanzas.

            La investigación determinó que Luis Álvaro P. hizo pagos a sus cuentas personales por concepto de su remuneración, los cuales fueron superiores a los que le correspondía recibir, de acuerdo a su sueldo, causando un perjuicio de 13.273,19 dólares.

            Entre los elementos probatorios, Fiscalía contó con los testimonios de los auditores de la Contraloría que elaboraron el informe, así como de la profesional que practicó la pericia contable, con la cual se corrobora la disposición arbitraria de fondos públicos.

            Asimismo, fueron presentados los movimientos bancarios del procesado y el nombramiento y posesión de él como colector de la institución educativa.

            Luis Álvaro P. fue sentenciado por el delito de peculado, de acuerdo al artículo 257, inciso 1, del Código Penal vigente a la fecha del cometimiento del delito. (I)

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            Armando Suquisupa
            Armando Suquisupa

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