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            Sentenciado a 6 años de prisión por abuso sexual en transporte público

            Publicado por Milton Rocano el 17/10/2023

            Cuenca. Segundo Carlos Q. abusó sexualmente de una mujer de 35 años dentro de un bus de transporte público, que realizaba el recorrido en la zona urbana de Cuenca.

            Fiscalía demostró su teoría del caso ante los jueces de un Tribunal de Garantías Penales de Azuay, que sentenció al agresor a seis años con ocho meses de privación de libertad y al pago de un monto económico para la víctima, como reparación integral.

            El fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género 2 de Cuenca expuso que el hecho ocurrió a la noche del 5 de septiembre de 2022. La mujer abordó el bus en el sector del Mercado 9 de Octubre, para trasladarse a su domicilio, situado en Mayancela.

            Detrás de ella se subió Segundo Carlos Q., quien durante el trayecto realizó movimientos de naturaleza sexual y tocó –en varias ocasiones– a la víctima. En su afán de defenderse, la víctima le propinó un golpe al agresor, pidió auxilio al chofer y le dijo que no lo deje salir del bus.

            El hecho fue reportado al Ecu 911 y agentes de la Policía llegaron hasta Mayancela, donde se detuvo la marcha del bus y fue capturado el agresor.

            La responsabilidad del acusado fue demostrada con los testimonios de la víctima, del conductor del bus, de los policías que acudieron al llamado de auxilio y que realizaron el reconocimiento del lugar de los hechos. Además, de los relatos de los peritos que elaboraron las valoraciones de entorno social y psicológica.

            Información jurídica

            El Código Orgánico Integral Penal, en el artículo 170, inciso1, tipifica al delito de abuso sexual como un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es mayor de 14 años es sancionado con privación de libertad de tres a cinco años. En este acaso se aplicaron circunstancias agravantes de la infracción. (I)

             

            Fuente: https://www.fiscalia.gob.ec/

             

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